SEPRELAD va a recepcionar documentos de Sujetos Obligados a través de medios digitales
La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), a través de la Dirección General de Análisis Financiero y Estratégico, comunica a los Sujetos Obligados de la Ley N° 1015/97 y sus modificaciones, Leyes N° 3783/09 y 649/19, que a partir de la fecha, se van a recepcionar, vía correo electrónico los documentos, como medida preventiva adoptada en virtud al decreto presidencial N° 3.442 “Por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del CORONAVIRUS (COVID-19) al territorio nacional”.
La Dirección mencionada implementó el siguiente procedimiento para la recepción. En tanto las confirmaciones de los mismos, se realizarán por el mismo medio, y tendrá una validez como comprobante, para el remitente.
DOCUMENTOS |
CORREO ELECTRONICOS P/ LA RECEPCION |
Comunicación de ingresos y egresos de divisas |
análisis@seprelad.gov.py/ con copia a mpereira@seprelad.gov.py |
Comunicación de embarques de billetes |
análisis@seprelad.gov.py/ con copia a mpereira@seprelad.gov.py |
Comunicación de ROS Negativo y RO |
análisis@seprelad.gov.py/ con copia a mpereira@seprelad.gov.py |
Recepción de Oficios y/o Notas Fiscalías |
análisis@seprelad.gov.py/ con copia a mpereira@seprelad.gov.py |
Comunicación de Lista de Ganadores de Juegos de Azar |
análisis@seprelad.gov.py/ con copia a mpereira@seprelad.gov.py |
En cuanto a los requerimientos realizados en el marco de las actividades de inteligencia por parte de los funcionarios de la Dirección General de Análisis Financiero y Estratégico, como información transaccional complementaria (ITC); la recepción de las respuestas, serán canalizadas únicamente a través del Sistema ITC ROS_ WEB, y mediante los correos institucionales.
Los Sujetos Obligados deberán contestar el pedido única y exclusivamente a través de dichos canales. Además se insta a que los mismos utilicen los canales establecidos para la remisión de documentos, de modo a evitar la propagación del COVD-19.
La disposición fue establecida mediante la Circular UIF – SEPRELAD/DGA N° 04/2020.
Accede al documento, aquí: https://bit.ly/3b3TFwp
Las consultas podrán realizarse vía telefónica, vía e-mail o a través de las redes sociales oficiales de la Institución, en horario de oficina.
- Página Web: www.seprelad.gov.py
- Teléfono: 600435
- Twitter: @seprelad