SEPRELAD registró a 7.848 Sujetos Obligados que deben implementar sistemas de prevención de lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo
Al 16 de julio de 2020 se encuentran inscriptas 7.848 personas naturales y jurídicas, pertenecientes a las 9 actividades económicas del país expresamente señaladas en el artículo 13° de la Ley N°1015/97 y su modificatoria de la Ley N°3783/09.
Según el Registro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), al 16 de julio de 2020 se encuentran inscriptas 7.848 personas naturales y jurídicas, pertenecientes a las 9 actividades económicas del país descritas en el artículo 13°, de la mencionada ley, entre ellas las denominadas APNFD (Actividades y Profesiones No Financieras Designadas) y las que no cuentan con supervisor natural que son adoptadas por la Seprelad.
Del total, 4.654 pertenecientes a las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL), 1.531 playas de vehículos, 1.428 empresas dedicadas a la gestión inmobiliaria, 154 comercio de joyas, 28 casas de empeños, 21 remesadoras, 15 cajas de seguridad, 13 transportadoras de valores y 4 antigüedades-numismáticas.
Este instrumento, permite no solo dimensionar el universo de actores del sector sino que también ha permitido establecer un nexo de comunicación directo con cada uno de los sujetos obligados.
Por otro lado vale destacar que el sujeto obligado es cada persona jurídica o natural que esté sometida a las obligaciones establecidas en las leyes de ALA/CFT; como las pautas de identificar al cliente, de aplicar medidas de debida diligencia, de desarrollar políticas internas, de llevar registro e informar operaciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).