Funcionarios de la SEPRELAD visitan Industria de Minería de Activos Virtuales
El director de Estudios Sectoriales, José Armoa, el analista Fernando Barba y el inspector Junior, Rodrigo Aguayo, visitaron esta mañana la Industria de Minería de Activos Virtuales que se encuentra ubicada en la ciudad de Villarrica, departamento del Guairá, a fin de conocer las actividades desarrolladas por los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
De esa manera se dio un acercamiento al sector de Activos Virtuales en nuestro país.
Cabe destacar que Paraguay constituye una mesa interinstitucional permanente sobre Activos Virtuales, dando cumplimiento a las recomendaciones estandarizadas mundialmente por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Incluso será el primer país evaluado por el Grupo de Acción Financiera Latinoamericana (GAFILAT), con respecto a dicho sector.
La mesa está integrada aparte de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), por el Banco Central del Paraguay, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) y la Sub Secretaría de Tributación (SET). En tanto la Cámara Paraguaya de Fintech fue invitada a fin de que expongan las diferentes operativas del negocio asociado con el uso de activos virtuales y comentar las diferentes acciones que están impulsando como cámara para socializar con distintos sectores sobre la naturaleza del sector.
El organismo internacional el año pasado emitió nuevas reglas de carácter vinculante que los países miembros y los proveedores de servicios deberán aplicar para mitigar el lavado de dinero en el uso de activos virtuales.
Se trata de la recomendación número 15, establece que los países y las instituciones financieras deben identificar y evaluar los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo que pudieran surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos y nuevas prácticas comerciales, incluyendo nuevos mecanismos de envío, y el uso de nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo para productos tanto nuevos como los existentes.
Además vale resaltar que por Resolución N° 008, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), determina como Sujetos Obligados de la Ley 1.015/97 y sus modificatorias a las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de minería o su equivalente, intercambio, transferencia, almacenamiento y/o administración de Activos virtuales, o participen y provean servicios financieros relacionados con estos, en adelante denominados: "Proveedores de Servicios de Activos Virtuales" (PSAV).