SEPRELAD TOMA MEDIDAS ADMINISTRATIVAS ANTE POSIBLES CASOS DE COVID-19

SEPRELAD TOMA MEDIDAS ADMINISTRATIVAS ANTE POSIBLES CASOS DE COVID-19

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD), a través de la Dirección General Administrativa y Finanzas, emitió una circular sobre las acciones establecidas ante posibles casos o diagnóstico de Coronavirus (COVID-19) en ésta Institución Pública, conforme a lo señalado precedentemente:

  1. Si el servidor público presenta algún síntoma asociado al COVID 19, deberá acudir al centro médico más cercano para hacerse la valoración médica respectiva, llamar al número 154 o al 911.
  2. Si el médico tratante dispone alguna medida con relación a la consulta realizada, el servidor público o algún familiar del mismo deberá comunicar la situación dispuesta por el médico al superior jerárquico u otro responsable del área, por cualquier medio de comunicación disponible (correo electrónico, WhatsApp).
  3. En casos de previo análisis por sospechas de un posible contagio, el servidor público o una tercera persona, deberá remitir a la Institución por cualquier medio de comunicación disponible, la constancia del análisis del Coronavirus y una vez reincorporado a las actividades laborales deberá presentar al Departamento de Administración y Bienestar del Personal (Dirección Administrativa), el original del documento enviado.
  4. El superior jerárquico o el funcionario que recibió la comunicación deberá informar inmediatamente la situación indicada por el servidor público afectado al Departamento de Administración y Bienestar del Personal, a fin de tomar los recaudos pertinentes.
  5. Los servidores que brindan servicios a ciudadanos nacionales o extranjeros, que hayan tenido contacto en la Institución o fuera de ella con una persona sospechosa de poseer los síntomas, deberá informar de modo a evaluar la pertinencia de la aplicación de las medidas sanitarias al respecto, conforme a las instrucciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de igual manera se deberá actuar en caso de funcionarios que tuvieron contacto con personas diagnosticadas con COVID -19.
  6. El servidor público diagnosticado con Coronavirus deberá guardar estricto reposo, conforme a las indicaciones del médico tratante.